Muestra el plano de Madrid con la situación de todas las plazas de estacionamiento para personas de movilidad reducida

Puede escribir una dirección u obtener la posición mediante el GPS. El plano le mostrará los estacionamiento habilitados más cercanos a  donde se encuentra. Si no indica dirección ni activa el GPS, el plano aparecerá centrado en la Puerta del Sol. El número que aparece en el icono indica la cantidad de plazas de aparcamiento. Pinchando sobre él aparecerá información relativa a su ubicación, y una opción para guiarle hasta allí.

Tarjeta de estacionamiento para personas de movilidad reducida. Solicitud y renovación

Cómo realizar el trámite

Requisitos:

Se podrá otorgar el uso de la Tarjeta de Estacionamiento para Personas con Movilidad Reducida en los siguientes casos:
  • Personas físicas empadronadas en Madrid con reconocimiento de dificultad de movilidad para utilizar transportes colectivos reconocida por la Consejería correspondiente de la Comunidad Autónoma de Madrid o con discapacidad visual grave reconocida por la O.N.C.E. o por un oftalmólogo autorizado por esta Organización.
  • Personas jurídicas o autónomos que desarrollen su actividad en Madrid y que o bien tengan establecido expresamente en sus estatutos como uno de sus fines sociales el transporte de personas con discapacidad o bien que realicen servicios sociales en concertación con alguna Administración Pública, según y en las condiciones establecidas en el art. 3º del RD 1056/2014, de 14 de diciembre.

Presentación de solicitudes:

  • En línea: realizando la solicitud a través del enlace ‘Registro Electrónico' (requiere identificación y firma electrónica).

    En todo caso, debido a las características técnicas de las tarjetas y al proceso mecánico de su elaboración, las fotografías deben ser remitidas en papel fotográfico al Negociado de Autorizaciones en la forma en que se especifica a continuación (correo, presencialmente, registros públicos...).
  • Por correo postal dirigido a:

    Negociado de Autorizaciones (C/Albarracín, 33 bajo, 28037 Madrid).
  • Presencialmente en:

    Oficinas de Registro Municipales.
    Registros de la Administración General del Estado, de las Comunidades Autónomas, y en todas aquellas oficinas de registro que establecen las disposiciones vigentes. En las oficinas de Correos, en la forma establecida reglamentariamente y mediante las demás formas previstas en el art. 38.4 de la Ley 30/1992 de 26 de noviembre.

Plazo:

La renovación de la tarjeta de estacionamiento deberá ser solicitada durante el último mes anterior a la expiración del plazo de su vigencia, prorrogándose la validez de la emitida anteriormente hasta la resolución del procedimiento. En caso de que la solicitud se presente dentro de los noventa días naturales posteriores a la fecha en que haya finalizado la vigencia de la última tarjeta emitida, se entenderá que subsiste dicha vigencia hasta la resolución del correspondiente procedimiento de renovación.

En todo caso, para renovar la tarjeta de estacionamiento es imprescindible que el titular mantenga los requisitos exigidos para su otorgamiento.

Entrega de tarjetas:

La primera TEPMR se envía por correo certificado al domicilio del interesado. Cuando se trata de renovación, la entrega tiene que ser personal al interesado o su representante, pues se debe hacer entrega de la tarjeta caducada. En este caso la entrega se realiza en el Negociado de Autorizaciones (C/Albarracín, 33 bajo).

Documentación

Solicitud de Tarjeta nueva:

  • Solicitud en formulario normalizado, disponible en ‘Tramitar en línea' (Registro electrónico) y ‘Modelos de formularios'.
  • Dos fotografías tamaño carné actualizadas en papel fotográfico.
  • Los solicitantes con movilidad reducida por discapacidad en el aparato locomotor deberán aportar original y fotocopia del Dictamen Técnico Facultativo, expedido por el Centro Base de la Comunidad de Madrid, en el que quede reflejado el baremo de movilidad positivo, (En caso extraordinario de menores a los que la Comunidad de Madrid no expide dictamen técnico, se aportará un informe médico suficiente para que sea valorado por los servicios médicos de este Ayuntamiento). No será necesario aportar el dictamen médico si el interesado autoriza al Ayuntamiento de Madrid a consultar su "certificado de reconocimiento de grado de discapacidad en el archivo correspondiente de la Comunidad de Madrid" (marcando la casilla correspondiente de la solicitud o haciéndolo constar así en el texto de esta).
  • Los solicitantes con discapacidad visual grave no aportarán el baremo de movilidad sino uno de los documentos siguientes:
    • Certificado emitido por órgano competente de la O.N.C.E. que acredite su pertenencia a la organización.
    • Certificado expedido por un oftalmólogo autorizado por la O.N.C.E. que acredite cumplir en ambos ojos y con un pronóstico fehaciente de no mejoría visual, al menos, una de las siguientes condiciones:
      • Agudeza visual igual o inferior a 0,1 (1/10 de la escala de Wecker) obtenida con la mejor corrección óptica posible.
      • Campo visual disminuido a 10 grados o menos.


Solicitud de renovación:

  • Solicitud en formulario normalizado, disponible en ‘Tramitar en línea' (Registro electrónico) y ‘Modelos de formularios'.
  • Dos fotografías tamaño carné actualizadas en papel fotográfico.
  • No es necesario presentar un nuevo baremo de movilidad cuando el entregado anteriormente sea definitivo. En caso contrario se exigirá el baremo de movilidad reducida con las mismas condiciones señaladas para la primera solicitud.

Personas Jurídicas:

  • Formulario.
  • Copia de los estatutos de la entidad.
  • Documentación del vehículo para el que se solicite la tarjeta.

    Además, en el caso del art. 3º del RD 1056, de 12 de diciembre, aportarán:
  • Declaración responsable de que el vehículo para el que solicita la tarjeta "está dedicado exclusivamente al traslado de personas con discapacidad atendidas por la institución".
  • Documento acreditativo de que la prestación de los servicios sociales a que se refiere el citado artículo se lleva a cabo mediante concertación con la Administración Pública competente para ello.

Solicitud de duplicado por extravío o sustracción de una tarjeta en vigor:

  • Solicitud en formulario normalizado, disponible en esta mismo página (‘Modelos de formularios), con los motivos y circunstancias que llevan a la solicitud de un duplicado (apartado "EXPONE:").
  • Copia de denuncia formulada ante uno de los Cuerpos de Seguridad del Estado (Policía Nacional, Guardia Civil, policías autonómicas...). Se debe hacer constar en la denuncia que esta se refiere a la "tarjeta de estacionamiento para personas con movilidad reducida expedida por el Ayuntamiento de Madrid" y no a la tarjeta de discapacidad que emiten las Comunidades Autónomas (esta redacción es importante para que el interesado no tenga que formular una nueva denuncia).
  • Dos fotografías tamaño carné actualizadas, en papel fotográfico.

Tramitación

Renovación de la tarjeta

  • Mayores de 18 años con dictamen permanente: renovación a los 5 años.
  • Mayores de 18 años con dictamen temporal: renovación en la fecha en que termine el plazo de validez.
  • Menores de 18 años: la renovación se producirá en la fecha señalada en el baremo temporal y no podrá ser superior a dos años. Exige que el interesado presente nuevo dictamen o autorización de consulta.
  • Por renovación o pérdida: El mismo que la TEPMR a la que sustituye.

    * El interesado deberá presentar la solicitud, preferentemente, tres meses antes de la fecha de caducidad.

    ** En todos los casos, la entrega de la nueva tarjeta requiere que el interesado entregue la antigua en el Negociado de Autorizaciones de la calle Albarracín, 33, o bien presentándola junto a una instancia general en los registros del Ayuntamiento de Madrid (ver sección "Información relacionada").

Fundamento legal

  • Instrucción reguladora de las Tarjetas de Estacionamiento para Personas con Movilidad Reducida del Concejal de Gobierno de Seguridad y Servicios a la Comunidad, 26 de abril, 2007.
  • Ordenanza de Movilidad para la Ciudad de Madrid. Acuerdo Pleno de 26 de septiembre 2005. BOCM Núm. 247 de 17 octubre 2005.
  • RD 1056/2014, de 12 de diciembre que regula las condiciones básicas de emisión y uso de la tarjeta de estacionamiento para personas con discapacidad.
  • Decreto 47/2015, de 7 de mayo, sobre el modelo único de tarjetas de estacionamiento para personas con discapacidad en el ámbito de la Comunidad de Madrid y las condiciones para su utilización.


Entidad Gestora

Área de Gobierno de Medio Ambiente y Movilidad * Dirección General de Gestión y Vigilancia de la Circulación

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Debido a la gran cantidad de datos, el tiempo de proceso dependerá de la velocidad de conexión a Internet y del modelo del móvil.

Origen de los datos: Ayuntamiento de Madrid